El Ayuntamiento informa sobre subvenciones de la Junta de Andalucía para rehabilitación

El Ayuntamiento informa sobre subvenciones de la Junta de Andalucía para rehabilitación
El Ayuntamiento informa sobre las subvenciones que ha convocado la Junta de Andalucía para rehabilitación de viviendas.
La Consejería ha publicado la Orden de 17 de Junio de 2019, por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el ejercicio 2019.
Las subvenciones para la rehabilitación de edificios tienen por objeto fomentar la rehabilitación de edificios con deficiencias básicas, contribuyendo a financiar las actuaciones que resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de accesibilidad y eficiencia energética, cuyas bases reguladoras se aprobaron mediante Orden de 14 de enero de 2019.
Presentación de solicitudes
Las comunidades de propietarios interesadas en acogerse a las subvenciones para la rehabilitación de edificios, mediante su representante legal, podrán presentar su solicitud desde el 2 de julio hasta el 1 de agosto de 2019, inclusive.
Personas beneficiarias
Podrán solicitar estas ayudas las comunidades de propietarios o agrupaciones de propietarios de edificios donde en el 50% de la viviendas, como mínimo, los ingresos de las unidades de convivencia sean inferiores a 5,50 veces el IPREM. Asimismo, no podrán haber obtenido una ayuda para el mismo edificio en los 3 años anteriores.
Requisitos de los edificios
  • Para solicitar estas ayudas, los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • El 50% de las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente.
  • No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.
  • El 70% de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial.
  • Tienen que estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones.
  • Tienen que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.
  • Contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios.
  • Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.
  • Modelo de informe técnico.
Más información en la siguiente página web:

Página web de la Junta de Andalucía sobre ayudas rehabilitación de vivienda

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